Subparte I - Autoridades legales relacionadas
a. Estatutos relacionados ( Sección 2635.902 ).
Pregunta: ¿Hay muchos?
Respuesta: Sí. Numerosos estatutos contienen normas que regulan la conducta de los empleados del Departamento. Usted tiene la obligación de conocer dichos estatutos y las restricciones que contienen. Usted es responsable de cada uno de ellos.
Incluyen secciones del código penal (18 USC § § 201-209 [leyes de ética penal], 1001 [fraude o declaraciones falsas], 2071 [ocultar, mutilar o destruir un registro público] y otras); prohibiciones sobre la aceptación de compensación de contratistas (41 USC § 423(d)); una prohibición de obsequios a supervisores (5 USC § 7351); una prohibición del uso indebido de un vehículo del Gobierno (31 USC § 1344); una prohibición de ciertas prácticas de personal (5 USC § 2302); y más. Debe consultar las Normas para revisar los estatutos que incluyen.
b. Actividad política.
Pregunta: ¿Puede un empleado de carrera estar presente en un acto político partidista en su carácter oficial a expensas del Gobierno Federal?
Respuesta: Depende. El tiempo federal (específicamente el tiempo oficial de un empleado) o los fondos (incluidos los equipos y servicios como el correo electrónico) NO pueden usarse para apoyar a un candidato o una cuestión partidaria. Las mismas reglas prohíben exhibir botones, calcomanías u otros elementos similares de carácter partidario en espacios o vehículos utilizados por el Gobierno para asuntos oficiales. Sin embargo, usted puede asistir a eventos políticos partidistas a título personal y a su propio costo.
Sin embargo, en el caso poco común de que tenga una función oficial relacionada con su trabajo que desempeñar en el evento y su asistencia sea beneficiosa para el Gobierno Federal, puede asistir. Un ejemplo de esta situación poco común de asistencia apropiada sería la asignación como apoyo administrativo o de seguridad para un PAS (designado por el Presidente con Confirmación del Senado) que asista a dicho evento.
El empleado siempre debe consultar previamente con su Asesor de Ética si tiene preguntas sobre la asistencia.