Políticas y enlaces
Declaración de accesibilidad
USDA.gov mantiene la página de Declaración de Accesibilidad a la que se puede acceder en:
Política de comentarios
El propósito de los nuevos foros de comunicación del USDA, incluido el blog del USDA, las herramientas de colaboración y otros sitios, es compartir noticias e información sobre las actividades, políticas y programas del Departamento de Agricultura y sus empleados.
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Derechos digitales y derechos de autor
La mayor parte de la información presentada en el sitio web del USDA se considera información de dominio público. La información de dominio público puede distribuirse o copiarse libremente, pero se solicita el uso de créditos de autor/fotografía/imagen apropiados. La atribución puede citarse de la siguiente manera: "US Department of Agriculture".
Algunos materiales del sitio web del USDA están protegidos por derechos de autor, marcas comerciales o patentes, y/o se proporcionan únicamente para uso personal. El USDA utiliza dichos materiales con permiso y ha hecho todo lo posible por identificarlos y etiquetarlos claramente. Es posible que deba obtener permiso del titular de los derechos de autor, la marca comercial o la patente para adquirir, usar, reproducir o distribuir estos materiales.
Ley de Libertad de Información
La Ley de Libertad de Información (FOIA, por sus siglas en inglés), que se encuentra en el Título 5 del Código de los Estados Unidos, artículo 552, fue promulgada en 1966 y establece que cualquier persona tiene derecho a solicitar acceso a los registros o información de las agencias federales. Todas las agencias del gobierno de los Estados Unidos están obligadas a divulgar los registros al recibir una solicitud por escrito, excepto aquellos registros que están protegidos contra la divulgación por las nueve exenciones y tres exclusiones de la FOIA. Este derecho de acceso es exigible ante los tribunales. Sin embargo, la FOIA federal no proporciona acceso a los registros que se encuentran en poder de las agencias gubernamentales estatales o locales, ni de empresas o individuos privados. Todos los estados tienen sus propios estatutos que rigen el acceso público a los registros estatales y locales; se debe consultar a las agencias estatales para obtener más información sobre ellos.
Enlaces a otros sitios
El sitio web oficial del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) es www.usda.gov . El sitio web del USDA proporciona enlaces a otros sitios web para brindar información adicional que puede ser útil o interesante, y se proporciona de una manera coherente con el propósito previsto del contenido que está viendo en el sitio web del USDA. El USDA proporciona estos enlaces para su referencia. Una vez que acceda a otro sitio a través de un enlace que le proporcionamos, estará sujeto a las restricciones de derechos de autor y licencias del nuevo sitio.
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Ley Sin Miedo
El 15 de mayo de 2002, el presidente Bush firmó la ley No FEAR (Ley de Notificación y Antidiscriminación y Represalias Federales de 2002). Esta ley entró en vigor el 1 de octubre de 2003. El objetivo principal de la ley es mejorar la rendición de cuentas de las agencias en materia de leyes antidiscriminación y de protección de denunciantes.
Se puede acceder a la Ley No Fear del USDA en:
Aviso de acuerdos de confidencialidad
Como empleado del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA), es posible que se le haya solicitado que firme una política, formulario o acuerdo de confidencialidad (NDA) para acceder a información clasificada o de otro tipo. Debe leer la siguiente declaración como si estuviera incorporada a cualquier NDA que haya firmado:
"Estas disposiciones son coherentes con las obligaciones, derechos o responsabilidades de los empleados creadas por los estatutos o las órdenes ejecutivas existentes y no las reemplazan, contradicen ni alteran de otro modo en relación con (1) información clasificada, (2) comunicaciones al Congreso, (3) la denuncia a un Inspector General de una violación de cualquier ley, norma o reglamento, o mala administración, un desperdicio grave de fondos, un abuso de autoridad o un peligro sustancial y específico para la salud o la seguridad pública, o (4) cualquier otra protección para denunciantes. Las definiciones, requisitos, obligaciones, derechos, sanciones y responsabilidades creadas por las órdenes ejecutivas y las disposiciones legales que rigen el control se incorporan a este acuerdo y son de aplicación."
Las disposiciones de la siguiente lista de órdenes ejecutivas y disposiciones estatutarias prevalecen en caso de cualquier conflicto con una NDA del USDA.
- Orden Ejecutiva No. 13526;
- Sección 7211 del Título 5 del Código de los Estados Unidos (que rige las divulgaciones al Congreso);
- Sección 1034 del Título 10 del Código de los Estados Unidos, según enmendado por la Ley de Protección de Denunciantes Militares (que rige la divulgación al Congreso por parte de los miembros de las fuerzas armadas);
- Sección 2302(b)(8) del Título 5 del Código de los Estados Unidos, según enmendado por la Ley de Protección de Denunciantes de 1989 (que rige las divulgaciones de ilegalidad, desperdicio, fraude, abuso o amenazas a la salud o seguridad pública);
- Ley de Protección de Identidades de Inteligencia de 1982 (50 USC § 421, et seq.) (que rige las divulgaciones que podrían exponer a agentes confidenciales del Gobierno);
- Los estatutos que protegen contra la divulgación que pueda comprometer la seguridad nacional, incluidas las secciones 641, 793, 794, 798 y 952 del Título 18 del Código de los Estados Unidos; y
- Sección 4(b) de la Ley de Actividades Subversivas de 1950 (50 USC § 783(b)).
Leyes de patentes
El USDA observa las leyes que rigen las patentes y proporciona información sobre artículos patentados a través del sitio web www.ars.usda.gov .
Es posible que necesite permiso del titular de la patente para utilizar o duplicar disposiciones de la patente.
política de privacidad
Nuestra política de privacidad es clara: no recopilaremos ninguna información personal sobre usted cuando visite nuestro sitio web (incluidos nuestros sitios de redes sociales), a menos que elija proporcionarnos esa información.
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Calidad de la información
El USDA se esforzará por garantizar y maximizar la calidad, objetividad, utilidad e integridad de la información que sus agencias y oficinas difunden al público.
Documentos de orientación importantes
El 18 de enero de 2007, el Presidente emitió la Orden Ejecutiva 13422, "Enmienda a la Orden Ejecutiva 12866 para la Planificación y Revisión Regulatoria". Ese mismo día, la Oficina de Administración y Presupuesto (OMB) emitió un Boletín final titulado "Buenas Prácticas de Orientación de la Agencia". El objetivo principal de la Orden Ejecutiva y el Boletín es aumentar la calidad y la transparencia de las prácticas de orientación de la agencia y los documentos importantes producidos a través de ellas.
Marca
El Congreso no ha otorgado al Departamento una marca registrada. El uso del símbolo del USDA se indica a continuación:
"Los símbolos o logotipos del USDA están destinados únicamente al uso oficial del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos. Se excluye expresamente su uso para implicar el respaldo de un producto o servicio comercial. El símbolo o logotipo no puede ser utilizado por ninguna persona ajena al USDA sin autorización".
Seguridad del sitio web
La información presentada en el sitio web del USDA se considera información pública y puede distribuirse o copiarse. Se solicita el uso de créditos de autor, fotografías e imágenes apropiados.
- Por motivos de seguridad del sitio y para garantizar que este servicio permanezca disponible para todos los usuarios, este sistema informático del gobierno emplea programas de software para monitorear el tráfico de la red a fin de identificar intentos no autorizados de cargar o cambiar información o, de otro modo, causar daños.
- A excepción de las investigaciones autorizadas por las autoridades competentes, no se realizan otros intentos para identificar a usuarios individuales ni sus hábitos de uso. Los registros de datos sin procesar no se utilizan para ningún otro fin y se programa su destrucción periódica de acuerdo con el Anexo General 20 de la Administración Nacional de Archivos y Registros.
- Los intentos no autorizados de cargar información o cambiar información en este servicio están estrictamente prohibidos y pueden ser punibles según la Ley de Abuso y Fraude Informático de 1986 y la Ley de Protección de la Infraestructura Nacional de Información .
Calendario de publicación de contenidos web
La Sección 207(f)(2) de la Ley de Gobierno Electrónico de 2002 requiere que las agencias federales desarrollen un inventario de información que se publicará en sus sitios web, establezcan un cronograma para publicar información, pongan esos cronogramas a disposición del público para comentarios y publiquen los cronogramas y las prioridades en el sitio web.
Ley de mejora de la protección de los denunciantes
La Ley de Mejora de la Protección de los Denunciantes de 2012 se convirtió en ley el 27 de noviembre de 2012. La Ley fortalece la protección de los empleados federales que denuncian derroches, fraudes y abusos en las operaciones gubernamentales.
Las denuncias de irregularidades pueden salvar vidas y salvar miles de millones de dólares de los contribuyentes. Desempeñan un papel fundamental para mantener a nuestro Gobierno honesto, eficiente y responsable. Reconociendo que los denunciantes erradican el despilfarro, el fraude y el abuso, y protegen la salud y la seguridad públicas, las leyes federales alientan firmemente a los empleados a denunciar las irregularidades. Las leyes federales también protegen a los denunciantes de las represalias.
La Ley de Mejora de la Protección de los Denunciantes de 2012 ordena a los Inspectores Generales que designen un Defensor del Pueblo para la Protección de los Denunciantes. La función del Defensor del Pueblo es educar a los empleados de la agencia sobre las prohibiciones de represalias por divulgaciones protegidas y educar a los empleados de la agencia que han hecho o están considerando hacer una divulgación protegida sobre los derechos y recursos contra las represalias por divulgaciones protegidas. El Defensor del Pueblo tiene prohibido actuar como representante legal, agente o defensor de un empleado o ex empleado.
La OIG ha designado a un Defensor del Pueblo para la Protección de los Denunciantes. Los empleados del Departamento de Agricultura de los EE. UU. pueden comunicarse con el Defensor del Pueblo en OIGombudsman@oig.usda.gov . El Defensor del Pueblo para la Protección de los Denunciantes fue reautorizado permanentemente y pasó a llamarse Coordinador de Protección de los Denunciantes en diciembre de 2017 a través de la Ley de Coordinación de la Protección de los Denunciantes (PDF, 262 KB). Además, puede visitar la página del Defensor del Pueblo de la OIG . También puede visitar el sitio web de la Oficina del Asesor Especial de los Estados Unidos (OSC) .
Los siguientes artículos son materiales educativos creados por la OSC de los Estados Unidos para ayudar a los empleados del Gobierno Federal a conocer sus derechos y responsabilidades al denunciar irregularidades.
- Denuncia de irregularidades (PDF, 127 KB)
- Represalias contra los denunciantes (PDF, 98 KB)
- Prácticas de personal prohibidas (PDF, 70 KB)
- La Ley Hatch y los empleados federales (PDF, 182 KB)
- Conozca sus derechos al denunciar irregularidades (PDF, 243 KB)