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El USDA anuncia detalles de los programas de gestión de riesgos para productores de cáñamo


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WASHINGTON, DC, 6 de febrero de 2020 – El Departamento de Agricultura de los Estados Unidos (USDA) anunció hoy la disponibilidad de dos programas que protegen los cultivos de los productores de cáñamo de los desastres naturales. Un programa piloto de seguro de cáñamo a través del Seguro de Cultivos Multirriesgo (MPCI) brinda cobertura contra la pérdida de rendimiento debido a causas asegurables de pérdida para el cáñamo cultivado para fibra, grano o aceite de cannabidiol (CBD) y la cobertura del Programa de Asistencia para Desastres de Cultivos No Asegurados (NAP) protege contra pérdidas asociadas con rendimientos más bajos, cultivos destruidos o siembra impedida donde no hay disponible un programa de seguro de cultivos federal permanente. Los productores pueden presentar su solicitud ahora, y la fecha límite para inscribirse en ambos programas es el 16 de marzo de 2020.

“Nos complace ofrecer estas coberturas a los productores de cáñamo. El cáñamo ofrece nuevas oportunidades económicas para nuestros agricultores, y ellos están ansiosos por encontrar una forma de proteger su producto en caso de un desastre natural”, dijo el subsecretario de Producción Agrícola y Conservación, Bill Northey.

Programa piloto de seguros para cultivos contra riesgos múltiples

El seguro piloto MPCI es una nueva opción de seguro de cultivos para productores de cáñamo en condados seleccionados de 21 estados para el año de cosecha 2020. El programa está disponible para productores elegibles en ciertos condados de Alabama, California, Colorado, Illinois, Indiana, Kansas, Kentucky, Maine, Michigan, Minnesota, Montana, Nuevo México, Nueva York, Carolina del Norte, Dakota del Norte, Oklahoma, Oregón, Pensilvania, Tennessee, Virginia y Wisconsin. La información sobre los condados elegibles está disponible a través del Navegador de información actuarial de la Agencia de Gestión de Riesgos del USDA.

Entre otros requisitos, para ser elegible para el programa piloto, un productor de cáñamo debe tener al menos un año de historial de producción del cultivo y tener un contrato para la venta del cáñamo asegurado. Además, el requisito de superficie mínima es de 5 acres para CBD y 20 acres para granos y fibras. El cáñamo no calificará para pagos por resiembra o pagos por plantas prevenidas bajo el MPCI.

Esta cobertura de seguro piloto está disponible para los cultivadores de cáñamo, además de la protección de ingresos para el cáñamo que se ofrece en virtud del plan de seguro Whole-Farm Revenue Protection. Además, a partir del año de cosecha 2021, el cáñamo será asegurable en virtud del programa de seguro de cultivos de vivero y del programa piloto de seguro de cultivos Nursery Value Select. En virtud de ambos programas de vivero, el cáñamo será asegurable si se cultiva en contenedores y de conformidad con las regulaciones federales, las leyes estatales o tribales aplicables y los términos de la póliza de seguro de cultivos.

Programa de asistencia para desastres en cultivos no asegurados

NAP brinda cobertura contra pérdidas de cáñamo cultivado para fibra, grano, semilla o CBD para el año de cosecha 2020 cuando no hay disponible un programa permanente de seguro de cultivos federal.

La cobertura básica 50/55 del NAP está disponible al 55 por ciento del precio promedio de mercado para pérdidas de cultivos que superen el 50 por ciento de la producción esperada. En algunos casos, está disponible la cobertura de compra por encima del valor real. La Ley Agrícola de 2018 permite niveles de compra por encima del valor real de la cobertura del NAP del 50 al 65 por ciento de la producción esperada en incrementos del 5 por ciento, al 100 por ciento del precio promedio de mercado. Se aplican primas para la cobertura de compra por encima del valor real.

Para todos los niveles de cobertura, la tarifa del servicio NAP es de $325 por cultivo o $825 por productor por condado, sin exceder los $1,950 para un productor con intereses agrícolas en varios condados.

Requisitos de elegibilidad

Según una regulación autorizada por la Ley Agrícola de 2018 y emitida en octubre de 2019, todos los productores deben tener una licencia para cultivar cáñamo y deben cumplir con las regulaciones estatales, tribales o federales aplicables u operar bajo un programa piloto de investigación estatal o universitario, según lo autorizado por la Ley Agrícola de 2014.

Los productores deben informar a la FSA sobre la superficie cultivada con cáñamo después de la plantación para cumplir con las leyes federales y estatales. La Ley Agrícola define el cáñamo como aquel que contiene 0,3 por ciento o menos de tetrahidrocannabinol (THC) en peso seco. El cáñamo que tiene un nivel de THC superior al nivel de cumplimiento legal federal del 0,3 por ciento es una causa de pérdida no asegurable o no elegible y hará que la producción de cáñamo no sea elegible para fines de historial de producción.

Para obtener más información sobre los programas de gestión de riesgos del USDA para productores de cáñamo, visite farmers.gov/hemp para leer las preguntas frecuentes de farmers.gov . Para obtener más información sobre el Programa de producción de cáñamo doméstico de EE. UU., visite el sitio web de Servicios de comercialización agrícola del USDA para leer las preguntas frecuentes de AMS .

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